por kangooboy » Mié, 28 Sep 2011, 10:40
Mira, no tengo mucha idea del tema, lo que si, tenes que colocarlo para las plazas traseras.
Régimen de contravenciones y sanciones (Anexo 2 del Dto. 779/95) por faltas cometidas a la Ley de Tránsito Nº 24.449 y 26.363
Articulo 48. Por conducir utilizando auriculares y/o sistemas de comunicación manual continua y/o pantallas o monitores de video VHF, DVD o similares en el habitáculo del conductor (inc q de la ley 24449)
Ojo, Es conducir y que este funcionando. Apunta a la distraccion del conductor, pero si esta para las plazas traseras, te podes cruzar con algun poli coimero, que te va decir que esta prohibido, y la realidad es que no. Lo mismo que el stereo, que viene con pantalla reproductora de peliculas, no esta prohibida, si el uso mientras manjeas.