Laburar con la Kangoo, otro tema.

Hola gente del foro, lamentablemente tuve que postear (digo lamentablemente porque no quería joder con cosas que ya fueron respondidas) porque hace 2 días que vengo leyendo y soy medio duro para entender como es la cosa.
Tengo una Kangoo 2001 RND 1.9 PK AB, que figura en la cédula como sedán 4 puertas (tiene una sola lateral) y para uso particular.
La cosa es que hace tiempo que vengo haciendo mini fletes por mi cuenta, como extra a mi laburo, pero me están empezando a llamar de lugares donde termino transportando mercadería para kioscos o electrodómesticos nuevos y me empezó a preocupar que puede pasar si me paran.
Por lo que leí hasta ahora, yo no podría hacer la VTV para carga, ni me hace falta, porque no dice furgón en la cédula, ¿Es correcto?
Tampoco necesitaría el registro de Moyano porque, según entendí, porque la capácidad de carga de esta camioneta no supera los 800 kg (creo que en el lateral dice carga útil 475k) ¿Es así?
Ya consulté en el seguro para hacer el cambio a un seguro comercial, que me cubra también cuando no la estoy usando comercialmente, es decir con los asientos levantados y con mi familia arriba.
Por último, de lo que menos encontré información online, ¿debería inscribirme en el monotributo en alguna categoría especial para este rubro? También leí que debería llevar "remito legal" de la mercadería que transporto. En el caso de las cosas nuevas, siempre me los da el cliente, pero para el caso de las cosas usadas ¿yo debería tener un talonario de remitos y confeccionarlo yo, o no aplica en estos casos?
Gracias de antemano a quien se lea este choclo.
Tengo una Kangoo 2001 RND 1.9 PK AB, que figura en la cédula como sedán 4 puertas (tiene una sola lateral) y para uso particular.
La cosa es que hace tiempo que vengo haciendo mini fletes por mi cuenta, como extra a mi laburo, pero me están empezando a llamar de lugares donde termino transportando mercadería para kioscos o electrodómesticos nuevos y me empezó a preocupar que puede pasar si me paran.
Por lo que leí hasta ahora, yo no podría hacer la VTV para carga, ni me hace falta, porque no dice furgón en la cédula, ¿Es correcto?
Tampoco necesitaría el registro de Moyano porque, según entendí, porque la capácidad de carga de esta camioneta no supera los 800 kg (creo que en el lateral dice carga útil 475k) ¿Es así?
Ya consulté en el seguro para hacer el cambio a un seguro comercial, que me cubra también cuando no la estoy usando comercialmente, es decir con los asientos levantados y con mi familia arriba.
Por último, de lo que menos encontré información online, ¿debería inscribirme en el monotributo en alguna categoría especial para este rubro? También leí que debería llevar "remito legal" de la mercadería que transporto. En el caso de las cosas nuevas, siempre me los da el cliente, pero para el caso de las cosas usadas ¿yo debería tener un talonario de remitos y confeccionarlo yo, o no aplica en estos casos?
Gracias de antemano a quien se lea este choclo.