loquevenga escribió:frankwisi escribió:Gracias a todos por los conceptos y tirones de orejas...
Jamas te tiraria de las orejas![]()
ni siquiera haria una critica, o no muchachos? ( a ustedes si, los del foro, que me conocen)
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Solo pienso a veces en voz alta y se me escapa al teclado. Como ahora pienso, por que ningun fabricante en el mundo saca las luces de posicion de color azul, si son tan lindas y quedan mejor que las blancas!! Habra algun motivo oculto? No, es la ley!
Ley Nacional de Tránsito 24.449.-
Queda prohibido a cualquier vehículo colocar o usar otros faros o luces que no sean los taxativamente establecidos en esta ley, salvo el agregado de hasta dos luces rompeniebla y, sólo en vías de tierra, el uso de faros buscahuellas.
SISTEMA DE ILUMINACION
ARTICULO 31.- Los automotores para personas y carga deben tener los siguientes sistemas y elementos de iluminación:
a) Faros delanteros: de luz blanca o amarilla en no más de dos pares, con alta y baja, ésta de proyección asimétrica;
b) Luces de posición: que indican junto con las anteriores, dimensión y sentido de marcha desde los puntos de observación reglamentados:
1. Delanteras de color blanco o amarillo;
2. Traseras de color rojo;
3. Laterales de color amarillo a cada costado, en los cuales por su largo las exija la reglamentación;
4. Indicadores diferenciales de color blanco, en los vehículos en los cuales por su ancho los exija la reglamentación;
ETC;ETC
En Uruguay no creo que sea muy distinta ya que estas leyes estan consensuadas internacionalmente.
Saludos
Ruben
PD. NO me aguante y fui a ver la reglamentacion de Uruguay. Dice :Luz de posición delantera (blanca o ámbar) alt. min. 0.35 , alt. máx. 1.60 - Art. 7.3
Es hasta mas estricta que la Argentina porque te indica las medidas minimas y maximas del piso.
Estás terrible Rubén, jajaj no entra mas Frank!
Che, bienvenido vos y la kangú!!